Poco se ha contado sobre las obligaciones fiscales cuando comienzas a recibir ingresos procedentes del marketing de afiliación.
Sabes que debe existir una manera de declarar los ingresos obtenidos por la vía de la afiliación, pero no sabes cómo has de declararlo.
El marketing de afiliación es un modelo de negocio muy nuevo y en Hacienda aún no existe demasiada claridad sobre cómo funciona exactamente ni cómo aplicar IVA e IRPF en estos casos.
Si quieres saber cómo has de tributar los impuestos derivados de los ingresos por marketing de afiliación, quédate por aquí porque este artículo es para ti.
Pero empecemos por el principio.
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En qué consiste el marketing de afiliación
El marketing de afiliación consiste en promocionar los productos que venden otros emprendedores o empresas a cambio de una comisión, en el caso de que se produzca la venta.
Este sistema se ha extendido gracias a Internet e incluso existe la posibilidad de cobrar una comisión por servicios, recomendaciones o venta de infoproductos.
Fue cuando esta promoción de productos se empezó a ver como una actividad que generaba dinero.
Existen muchas plataformas de afiliación, nacionales e internacionales, siendo Amazon una de las más populares.
Con tan sólo un ordenador, internet y una web donde promocionar estos productos, puedes obtener ingresos y trabajar como afiliado.
Qué pasos dar para convertirse en afiliado
Si ya trabajas por cuenta propia y la afiliación es para ti una nueva línea de negocio, has de comunicar a Hacienda tu alta en un nuevo epígrafe de IAE correspondiente para realizar esta actividad.
En el caso de que partas de cero como afiliado y decidas realizar esta actividad de forma habitual, has de tramitar:
Alta en Hacienda
Presentando el modelo 036 o 037, sin coste alguno y pudiendo hacerlo por vía telemática si dispones de Cl@ve o certificado digital, o de forma presencial pidiendo cita en las oficinas de la Agencia Tributaria.
El alta en Hacienda sirve para comunicar a la Administración qué actividad vas a realizar. Una vez dado de alta tendrás la obligación de presentar los modelos de IVA e IRPF de forma trimestral.
Es un trámite obligatorio para poder facturar a tus clientes.
En caso de que vayas a trabajar con empresas localizadas en otro país de la UE, también necesitarás darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
Alta en Autónomos
La ley de la Seguridad Social establece que todo aquel que realiza un trabajo por cuenta propia ha de darse de alta como autónomo siempre que realice su actividad de forma habitual, personal y directa a título lucrativo.
Hasta la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Madrid en 2007, el criterio de habitualidad no estaba claro ni definido.
La sentencia establece que no existe habitualidad ni por tanto obligación de darse de alta como autónomo en el caso de que los ingresos anuales no superen el importe del Salario Mínimo Interprofesional (12.600 euros anuales en 2019).
Aun así, el criterio de habitualidad sigue siendo muy ambiguo y la Seguridad social es más estricta, por lo que has de valorar todo bien para evitar posibles sanciones.
Por lo que lo mejor en primer lugar, es decidir si solo vas a ganar alguna comisión esporádica o quieres vivir de las comisiones que ganes.
Obligaciones fiscales como afiliado
Tus obligaciones fiscales como afiliado serán las mismas que las de cualquier otro autónomo que realiza una actividad económica o profesional.
Has de presentar las siguiente liquidaciones trimestrales y resúmenes anuales:
- Modelo 303 de IVA trimestral.
- Modelo 390 de declaración resumen anual de IVA.
- Modelo 130 de pagos fraccionados trimestrales de IRPF.
- Modelo 349 informativo trimestral de operaciones intracomunitarias.
- Modelo 100 declaración anual de la Renta.
Si colaboras con otros profesionales que te facturan por prestarte un servicio, has de indicar la retención en dichas facturas (entre un 7% y un 15%) y estas cantidades retenidas ingresarlas en Hacienda de manera trimestral, mediante el modelo 111.
Y anualmente, presentar un resumen de dichas retenciones, identificando a los profesionales que te prestaron el servicio, a través del modelo 190.
Conclusiones
En definitiva, si estás pensando en dedicarte al marketing de afiliación, reflexiona con qué habitualidad quieres hacerlo: si vas a cobrar una sola comisión por afiliación, o si vas a recibir ingresos de manera continua.
En el segundo caso te recomendamos no arriesgarte y aprovechar la tarifa plana durante los dos primeros años.
Ante cualquier duda sobre la tributación del marketing de afiliados, en Anem Asesores te guiaremos y asesoraremos para que estés tranquilo y dejes todo en nuestras manos.
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